Paso 1. Leer sobre el contexto institucional del ONFC, incluida la naturaleza de múltiples partes interesadas de la facilitación del comercio y las obligaciones internacionales en materia de facilitación del comercio.

Introducción

Tras la aprobación del texto del AFC de la OMC , muchos gobiernos se preguntan si están preparados para poner en práctica las reformas. La atención de los responsables de la formulación de políticas ha pasado de la negociación de estas políticas a su aplicación y cumplimiento. En la mayoría de los casos la principal preocupación no son los aspectos técnicos de los conceptos y soluciones, sino el proceso y la participación de todas las partes interesadas. La facilitación del comercio es, por propia naturaleza, un ámbito de políticas que afecta a carteras de diversos ministerios y organizaciones. El éxito de una reforma para la facilitación del comercio se basa en una asociación entre las entidades gubernamentales y otras partes interesadas, entre las que se incluyen los comerciantes e intermediarios.

La cuestión clave es, por tanto, cómo aplicar la facilitación del comercio de una manera global e integrada.
Anteriores experiencias con programas y políticas de facilitación del comercio apuntan a la utilidad de la creación de un órgano gubernamental transversal que impulse las reformas en sus aspectos estratégicos y, a menudo también, técnicos. La OMI fue el primer organismo que integró entidades de ejecución gubernamentales transversales en el Convenio FAL y el CEFACT/ONU redactó la primera recomendación sobre órganos de facilitación del comercio, la Recomendación núm.4, en 1974 (actualizada en 2015).
Muchos de esos órganos de facilitación del comercio ya estaban establecidos y algunos de ellos se consideran ejemplos de éxito de un enfoque a la facilitación del comercio con la implicación del gobierno en su totalidad y un compromiso activo de las partes interesadas no gubernamentales. El AFC de la OMC reitera la importancia de un enfoque que involucre al conjunto del gobierno e insta a los miembros a establecer un comité nacional de facilitación del comercio (Artículo 23.2) «para facilitar la coordinación interna y la aplicación de las disposiciones del AFC».

Aunque estos comités nacionales han sido siempre una característica de la facilitación del comercio y las reformas en materia de facilitación del comercio no deban centrarse exclusivamente en la aplicación del AFC de la OMC, cabe decir que el AFC de la OMC otorga nuevo y poderoso impulso a los ministerios competentes para ayudarles a comprometerse y cumplir con su labor de coordinación y asesoramiento.
Para que funcione el enfoque de facilitación del comercio público-privado con la inclusión del gobierno en su totalidad deben superarse muchas dificultades. La multitud y variedad de partes interesadas con prioridades contrapuestas es uno de los desafíos. El diseño y ejecución de las medidas, y los aspectos estratégicos y prácticos de la facilitación del comercio, representan otros desafíos.

Para que funcione, los gobiernos deben considerar cuidadosamente aspectos organizativos como la estructura y los recursos de estos órganos y adoptar principios que fomenten una cultura de cooperación y confianza. La Recomendación núm. 4 revisada del CEFACT/ONU y la nueva Recomendación núm. 40 del CEFACT/ONU proporcionan orientación sobre estos dos aspectos. Los gobiernos también pueden inspirarse en estudios de casos (TFIG Pakistán, TFIG Tailandia, TFIG Brasil) o consultar el repositorio de la UNCTADel manual del (CCI) para encontrar ejemplos de órganos de facilitación del comercio existentes.
Un enfoque público-privado que implique al conjunto del gobierno aporta muchos beneficios a las reformas dirigidas a la facilitación del comercio. Lo que se pretende es lograr un objetivo compartido y una respuesta gubernamental integrada para la facilitación del comercio. Esto contribuirá a la aplicación del AFC de la OMC y a que se logren los beneficios esperados de la facilitación del comercio tanto para los gobiernos como para la comunidad empresarial.