Paso 3. Leer sobre los principales aspectos organizativos que deben tenerse en cuenta y las recomendaciones que ha formulado la CEPE/ONU al respecto.
Aspectos organizativos de una ONFC
Existe una gran variedad de ONFC, que a menudo se denominan comités o grupos de trabajo. El repositorio de la UNCTAD, por ejemplo, incluye principalmente organismos, a menudo grupos de trabajo, que ya estaban activos durante el proceso de negociación de la OMC. En los ámbitos institucionales o subestatales se establecen muchos otros enfoques de manera formal o informal para organizar diálogos ad hoc entre las partes interesadas.
Un ONFC es una entidad que opera a escala nacional y participa en los tres niveles de implicación antes descritos: el nivel estratégico, el operativo y el técnico.
El contexto nacional específico y el mandato del ONFC definen su diseño organizativo. La Recomendación núm. 4 del CEFACT/ONU describe cómo puede ser la estructura de ese órgano, quiénes pueden ser sus miembros, cómo pueden asignarse los recursos, y cómo puede interactuar esta entidad con los órganos existentes a nivel nacional y regional. No prescribe un único diseño organizativo, pero formula recomendaciones basadas en experiencias anteriores. Debe leerse junto con la Recomendación núm. 40 del CEFACT/ONU, que describe los principios básicos que deben adoptarse para garantizar que los enfoques de consulta sean flexibles, transparentes, justos, responsables y participativos.
Las principales ideas de la Recomendación núm. 4 del CEFACT/ONU se resumen en las siguientes tres páginas: estructura, membresía y recursos. Para leer más sobre la Recomendación núm. 40 del CEFACT/ONU diríjase a la página que trata sobre sus principios.
Vale la pena señalar que un ONFC no opera de manera aislada: pueden existir otros órganos regionales, subestatales o gubernamentales transversales cuyos objetivos estén relacionados con los del ONFC. Para encajar en este panorama institucional, el ONFC puede colaborar activamente con estos órganos, así como establecer vínculos con ONFC de otros países. La Recomendación núm. 4 del CEFACT/ONU también indica que puede asignarse la función y responsabilidades de un ONFC a un órgano preexistente que funcione de manera sostenible. Esto puede hacerse para evitar la duplicación.