OMC

La Organización Mundial de Comercio (OMC) se estableció el 1 de enero de 1995 como resultado del acuerdo de Marrakech. Es el sucesor del GATT y de sus Secretaría. Cuenta con una membresía global y está encabezada por una Conferencia Ministerial integrada por todos sus miembros.
De acuerdo al Acuerdo de Marrakech, el mandato de la OMA:

  • provee un foro de negociación;
  • facilita la implementación y la operación de los acuerdos multilaterales de comercio;
  • administra el mecanismo de resolución de controversias;
  • ofrece un mecanismo de vigilancia multilateral de las políticas de comercio; y
  • coopera con el FMI y el Banco Mundial para alcanzar una mayor coherencia en el diseño de políticas económicas globales.

Los Miembros de la OMC establecieron un marco institucional único para muchos acuerdos de comercio multilaterales y plurilaterales que se concluyeron bajo los auspicios del GATT y de la Ronda de Uruguay. Estos acuerdos se incluyen en el Acuerdo de Marrakech a través del cual se establece la OMC y vinculan a todos los firmantes de este acuerdo. Estos incluyen:

  • el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994 (que englobó al GATT de 1947 y las enmiendas derivadas de los convenios y acuerdos complementarios del GATT);
  • el Acuerdo General sobre Comercio de Servicio (AGCS); y
  • el Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).

Hay dos acuerdos plurilaterales que se recogen en el Acuerdo de Marrakech: el Acuerdo sobre Contratación Pública y el Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles. Estos acuerdos son vinculantes únicamente para los firmantes de estos acuerdos particulares.

Labores relacionadas con la facilitación del comercio

Si bien no existe un acuerdo único que de manera específica provea un marco jurídico para las medidas que se refieren a la facilitación del comercio, los acuerdos de la OMC abarcan algunos aspectos de ésta.
El Acuerdo de Valoración en Aduana y el Acuerdo de Normas de Origen, ambos acuerdos complementarios del GATT, se refieren a la clasificación y valuación de la mercancía para propósitos de despacho. El Acuerdo sobre Inspección Previa a la Expedición busca establecer reglamentaciones para efectuar la inspección previa a la expedición. Algunas fuentes también consideran que el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (AOTC) del GATT de 1994 también tiene un impacto en la facilitación del comercio. Este acuerdo engloba reglamentaciones para la adopción de reglamentos y estándares técnicos, y para las evaluaciones de conformidad a fin de que estas reglamentaciones no se conviertan en obstáculos para el comercio. Un enfoque similar se adoptó para establecer el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF). En los Artículos V, VIII y X del GATT de 1994 se presentan otras reglamentaciones relativas a la facilitación del comercio. Estos artículos incluyen obligaciones relacionadas con la transparencia (Artículo X), reglamentaciones relacionadas al tránsito (Artículo V), y disposiciones relativas a los procedimientos y tarifas para la importación y exportación de mercancías (Artículo VIII).
En la Reunión Ministerial de la OMC celebrada en Singapur en 1996, la facilitación del comercio se incluyó en la agenda de la próxima ronda de negociaciones de comercio. Esta ronda arrancó de manera oficial en Doha en 2001, como la Ronda de Doha para el Desarrollo, y aún continua. En las negociaciones de la OMA sobre la facilitación del comercio, los miembros de la OMC pretenden redactar un nuevo marco jurídico para la facilitación del comercio.